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Alias: título movilidadtítulo transporteabono de transporte del empleador
Fiscal y laboral

Título de movilidad

Ventaja obligatoria (ley LOM) para los empleadores de 50 empleados o más: cobertura de al menos el 75 % del abono de transporte público.

Actualizado el 2 de julio de 2026

Definición

El título de movilidad es una ventaja creada por la ley de orientación de las movilidades (LOM) de 2019. Designa la cobertura por el empleador del abono de transporte colectivo de sus empleados. Para las empresas de al menos 50 empleados, esta cobertura es obligatoria e igual al menos al 75 % del coste del abono.

En detalle

El título de movilidad sustituye al antiguo «título de transporte». Está codificado en el artículo L3261-1 del Code du travail (el Código del Trabajo francés):

  • 50 empleados o más: cobertura obligatoria de al menos el 75 % del precio del abono al transporte público de viajeros (metro, autobús, tren, RER).
  • Menos de 50 empleados: la cobertura es facultativa, pero si el empleador la ha instaurado, no puede retirarla unilateralmente (salvo casos previstos).

Extensión a las bicis

El dispositivo se aplica también a los abonos de bicis en libre servicio y a los servicios compartidos de movilidad por carretera. Está exento de cotizaciones sociales y de impuesto sobre la renta dentro del límite del 75 % del coste.

Relación con la asignación de movilidad sostenible

El título de movilidad (abono de transporte) y la asignación de movilidad sostenible (FMD) son acumulables: un empleado puede percibir la cobertura de su abono Y el FMD para sus demás gastos de movilidad (coche compartido, recarga eléctrica).

Ejemplo con cifras

Un empleado paga un abono mensual de 75 € (Navigo):

  • Cobertura del empleador (75 %): 56,25 €
  • Lo que queda a cargo del empleado: 18,75 €/mes, es decir 225 €/año
  • Coste exento de cargas para el empleador.

Preguntas frecuentes

¿El título de movilidad es obligatorio en todas las empresas?

Es obligatorio (75 % como mínimo) para los empleadores de 50 empleados o más. Por debajo de ese umbral, es facultativo pero irreversible una vez instaurado.

¿El título de movilidad se acumula con la asignación de movilidad sostenible?

Sí. La cobertura del abono de transporte (título de movilidad) es acumulable con la asignación de movilidad sostenible para los demás gastos de desplazamiento limpio.

Fuentes

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