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Alias: FMDforfait movilidades durablesasignación de movilidad
Movilidad

Asignación de movilidad sostenible (FMD)

Exención fiscal y social (800 € al año) para fomentar los medios de transporte limpios: coche compartido, transporte público, bici, vehículos eléctricos.

Actualizado el 2 de julio de 2026

Definición

La asignación de movilidad sostenible (FMD, en francés forfait mobilités durables) es un dispositivo de exención fiscal y social creado por la ley de orientación de las movilidades (LOM) de 2019. Permite a las empresas reembolsar a los empleados sus gastos de desplazamiento casa-trabajo y sus desplazamientos profesionales, hasta 800 € al año y por empleado, sin cotizaciones sociales ni impuesto sobre la renta. Este tope sube a 900 € para los empleados que disponen de un contrato de transporte público colectivo.

En detalle

El FMD se dirige a todos los empleadores, del tamaño y la actividad que sean, que quieran animar a sus equipos a usar medios de transporte ecológicos: coche compartido, transporte público, bici, vehículos eléctricos o híbridos enchufables. La empresa abona una asignación mensual o anual, exenta hasta el tope reglamentario.

A quién se aplica

El FMD afecta a todos los empleados del sector privado, incluidos los de contrato de duración determinada o de trabajo temporal. Los agentes públicos pueden beneficiarse bajo ciertas condiciones. La exención se aplica cuando el empleador cubre todo o parte de los gastos de transporte.

Funcionamiento práctico

El empleador puede abonar el FMD en forma de:

  • Reembolso de gastos reales contra justificantes
  • Asignación mensual a tanto alzado
  • Puesta a disposición de vehículos eléctricos

El tope anual de 800 € se reevalúa cada año según la inflación. En 2026 el importe es de 800,82 € para una asignación clásica y de 900,92 € con un contrato de transporte público colectivo.

El FMD está codificado en el artículo 885-7 del Code général des impôts (CGI, el Código General de Impuestos francés). Exime del impuesto sobre la renta los reembolsos de gastos de transporte dentro del tope. Esta exención es acumulable con otros dispositivos como el kilometraje en bici (IK vélo).

Régimen social

El FMD está igualmente exento de cotizaciones sociales en los mismos límites. La ventaja afecta, pues, a la vez al impuesto y a las cargas. Este régimen de exención quedó adoptado definitivamente tras un período de experimentación.

Topes URSSAF

La URSSAF (el organismo francés de recaudación de cotizaciones sociales) aplica los mismos topes que el CGI:

  • 800,82 €/an para la asignación básica
  • 900,92 €/an con un contrato de transporte público colectivo

Ejemplo con cifras concreto

Una pyme de 50 empleados implanta un FMD de 60 € al mes y por empleado.

  • Coste anual para la empresa: 60 € × 12 meses × 50 = 36.000 €
  • Ahorro de cotizaciones sociales (≈45 %): 16.200 €
  • Ventaja fiscal para los empleados: exención de impuesto hasta 800,82 €/an
  • Tasa de participación: 75 % de los empleados usan el FMD

El retorno de la inversión se manifiesta en una reducción del absentismo y en una mejora del atractivo del empleador.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio el FMD para las empresas?

No, el FMD es facultativo. La empresa puede elegir implantarlo o no. Ahora bien, desde 2024 las empresas de más de 50 empleados deben proponer un plan de movilidad empresarial, lo que a menudo anima a implantar el FMD.

¿El FMD se acumula con el IK vélo?

Sí, el FMD y el IK vélo (el kilometraje en bici francés) son acumulables. Puedes abonar el FMD para todos los modos de transporte, más el IK vélo específico para los trayectos en bici. El IK vélo tiene su propio tope (actualmente 0,50 € por km).

¿Cómo se abona el FMD en la práctica?

El FMD puede abonarse mensualmente en la nómina bajo un concepto específico, o reembolsarse contra justificantes (abono de transporte, factura de coche compartido, etc.). El empleador debe conservar los justificantes por si hay una inspección de la URSSAF.

¿El FMD se aplica a los freelances?

No, el FMD se reserva a los empleados. Los freelances y trabajadores independientes no pueden beneficiarse, porque no están sujetos al régimen de gastos de transporte casa-trabajo.

Fuentes

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